Skip to main content
Jurisprudencia

RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD AVALISTA POR EL TOTAL DE LAS CANTIDADES ENTREGADAS A CUENTA POR EL COMPRADOR

By enero 20, 2020No Comments

(STS de 10 de diciembre de 2019, rec., nº 3214/2016)

Se plantea la responsabilidad de las entidades financieras por las líneas de avales concedidas a compradores de inmuebles en construcción.

El Tribunal Supremo determina que el banco avalista ha de responder frente al comprador de una vivienda en construcción de todas las cantidades anticipadas a cuenta del precio, al margen del límite cuantitativo del aval y de si esas cantidades fueron o no ingresadas en una cuenta del promotor en dicho banco.

Puede acceder a la sentencia haciendo clic AQUÍ.