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Como hemos comentado en nuestra anterior noticia, el Proyecto de PGE-2019 obliga a tributar por los ingresos por dividendos y rentas de transmisión de participaciones integrando el 5% de estas rentas. Consecuencia de ese cambio es lógico que se modifiquen numerosos preceptos de la LIS. Sin embargo, aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, se siguen subiendo impuestos de forma encubierta. Esta vez se trata de la modificación en el régimen conocido como «de fusiones», «de neutralidad» o «de reorganizaciones empresariales».

El Proyecto de PGE-2019 introduce una modificación en el régimen de fusiones por el que, en resumidas cuentas, se establece que tributará el 5% de las rentas derivadas de la anulación de la participación. Debe recordarse que la Directiva de fusiones (2009/133/CE) establece en su artículo 7 justamente lo contrario; que «Cuando la sociedad beneficiaria posea una participación (del 10%) en el capital de la sociedad transmitente, no podrá aplicarse ningún gravamen sobre la plusvalía obtenida por la sociedad beneficiaria con motivo de la anulación de su participación».

Sorprende que en un contexto donde el TJUE no deja de dictar sentencias condenatorias a España por incumplimiento de la normativa comunitaria España se sigan proponiendo normas contrarias a Directivas comunitarias, máxime cuando según la LIS, «el entorno comunitario constituye, hoy en día, un elemento indispensable a tener en cuenta en cualquier reforma del sistema tributario español «.