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La Comisión ha decidido hoy enviar una carta de emplazamiento en la que se pide a España que suprima las condiciones de la legislación española que son contrarias a la Directiva sobre fusiones (Directiva 90/434/CEE del Consejo). En particular, sería contrario a la Directiva el art. 76.2.2º LIS que establece que en el caso de escisiones no proporcionales a más de una entidad se exige que cada uno de los patrimonios adquiridos por aquéllas constituyan ramas de actividad.

Este requisito ha sido y es fuente de una gran controversia entre la AEAT y los contribuyentes. El dictamen motivado de la Comisión puede ser un argumento a esgrimir ante los órganos de inspección o comprobación, vía económica-administrativa y en sede contencioso-administrativa.

La nota de prensa oficial de la CE (http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-19-462_es.htm) es la siguiente:

Fiscalidad: la Comisión pide a ESPAÑA que elimine las condiciones indebidamente restrictivas de los diferimientos fiscales en los casos de escisiones de empresas

La Comisión ha decidido hoy enviar una carta de emplazamiento en la que se pide a España que suprima las condiciones de la legislación española que son contrarias a la Directiva sobre fusiones (Directiva 90/434/CEE del Consejo). La finalidad de dicha Directiva es garantizar que las reorganizaciones de las empresas, como las fusiones y las escisiones, no se vean obstaculizadas por la tributación en el momento de la reestructuración. Por tanto, la tributación de las plusvalías resultante de dicha reorganización deberá diferirse a una venta o enajenación posterior de los activos y las acciones. No obstante, la legislación española establece condiciones indebidamente restrictivas para determinados tipos de escisiones de empresas: el diferimiento del pago del impuesto no se concederá si los accionistas de la sociedad escindida no reciben la misma proporción de acciones en todas las sociedades resultantes de la escisión, a menos que los activos adquiridos sean ramas de actividad. Si las autoridades españolas no actúan en los dos próximos meses, la Comisión podría enviarles un dictamen motivado.